Certificado de libertad de gravamen en CDMX, Edomex, Querétaro y Guanajuato: costo y trámite 2026
Cuánto cuesta el certificado de libertad de gravamen en CDMX en 2026, cómo pedirlo en línea y cuánto cobran el Estado de México, Querétaro y Guanajuato.
Por Claudio César Cerón · Abogado · Publicado el 25 de septiembre de 2026 · 9 min de lectura
En este artículo
El certificado de libertad de gravamen en la Ciudad de México cuesta $849 en trámite ordinario y $1,700 en urgente en 2026, según el artículo 198 del Código Fiscal de la Ciudad de México, y la solicitud se captura en el portal de servicios electrónicos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Si el inmueble está en el Estado de México, en Querétaro o en Guanajuato, el certificado lo expide otro registro, con otra tarifa y otro portal: el Estado de México cobra $1,621, Querétaro cobra por cada diez años de historia registral y Guanajuato abarata la solicitud en línea.
- CDMX: $849 ordinario y $1,700 urgente (artículo 198, fracción I, del Código Fiscal de la Ciudad de México, cuotas reformadas en la Gaceta Oficial del 19 de diciembre de 2025).
- Estado de México: $1,621 por certificado, presencial o por la vía automatizada del IFREM (artículo 100, fracción I, inciso D, del Código Financiero del Estado de México y Municipios).
- Querétaro: 5 UMA por cada diez años que abarque el certificado, es decir, $586.55 por tramo con la UMA de 2026 (artículo 107, fracción I, de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro).
- Guanajuato: $470 en ventanilla y $424 en la plataforma de certificados en línea (artículo 10, fracción IX, de la Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato para 2026).
- Cualquiera puede pedirlo, sin ser el dueño: basta con los datos registrales del inmueble.
Qué es el certificado, qué información contiene y qué otros documentos conviene revisar con él están en nuestra guía del certificado de libertad de gravamen. Aquí vamos al trámite concreto en cada una de las cuatro plazas donde trabajamos.
¿Cuánto cuesta el certificado de libertad de gravamen en CDMX?
En 2026, $849 el ordinario y $1,700 el urgente. Así lo fija el artículo 198, fracción I, del Código Fiscal de la Ciudad de México para el «certificado de libertad de existencia o inexistencia de gravámenes, limitaciones de dominio y anotaciones preventivas único», con las cuotas reformadas en la Gaceta Oficial del 19 de diciembre de 2025.
Circulan en internet otras cifras para 2026, entre ellas $949 para el ordinario. La tabla oficial de costos 2026 del propio Registro fija $849 para el ordinario y $1,700 para el urgente, y señala un tiempo de respuesta de 7 días hábiles para el ordinario y entrega el mismo día para el urgente. Si una página le da otro número, pídale el artículo que lo sustenta.
¿Cómo se pide en línea en la Ciudad de México?
La Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México tiene un apartado de servicios electrónicos de certificación donde se captura la solicitud del certificado único, en su modalidad ordinaria o urgente. El proceso, a grandes rasgos:
- Reúna el antecedente registral: el folio real del inmueble o los datos de inscripción que trae la escritura.
- Capture la solicitud en el portal, eligiendo ordinario o urgente.
- Pague los derechos con la línea de captura que se genera.
- Reciba el certificado del Registro.
El propio Registro advierte una condición para el urgente: la solicitud debe presentarse antes de las 10:00 horas y conviene consultar en el módulo de informes si el folio real del inmueble ya es electrónico. Si el inmueble está en la capital, también puede traer el certificado a revisar a nuestra oficina en la Ciudad de México.
Estado de México: el certificado automatizado del IFREM
En el Estado de México el certificado lo expide el Instituto de la Función Registral (IFREM). El artículo 100, fracción I, inciso D, del Código Financiero del Estado de México y Municipios fija $1,621 por el certificado «de libertad o de existencia de gravámenes, tramitado de forma presencial o por la vía automatizada». El certificado automatizado se solicita en el portal de certificados del IFREM.
El mismo inciso prevé una cuota reducida de $282 para inmuebles destinados a vivienda de interés social, social progresiva o popular, y para aquellos en los que intervienen ciertos fideicomisos y organismos públicos, como FONHAPO o el Instituto Nacional del Suelo Sustentable.
La cuota es la misma en ventanilla que por la vía automatizada, así que la diferencia está en el traslado y la espera, no en el pago.
Querétaro: se paga por cada diez años de historia registral
Querétaro no cobra una cuota fija. El artículo 107, fracción I, de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro establece 5 UMA por cada 10 años que abarque el certificado. Con la UMA diaria de $117.31, vigente desde el 1 de febrero de 2026 según la publicación del INEGI en el Diario Oficial de la Federación, cada tramo de diez años cuesta $586.55; un certificado que revise veinte años de historia costaría $1,173.10.
El certificado lo expide el Registro Público de la Propiedad del Instituto Registral y Catastral del Estado de Querétaro.
Querétaro tiene además una protección que vale la pena conocer si va a comprar. Cuando el certificado lo pide el notario que va a otorgar la escritura, la solicitud surte efectos de aviso preventivo: el Registro anota la operación en el folio y esa anotación dura treinta días naturales desde la emisión del certificado (artículo 48 de la Ley Registral del Estado de Querétaro). Si el notario da el aviso definitivo dentro de ese plazo y el testimonio llega al Registro dentro de las vigencias de los avisos (treinta días el preventivo, ciento ochenta el definitivo), la inscripción surte efectos desde la presentación de la solicitud, de modo que un gravamen que alguien intente inscribir en medio no le gana a usted.
Guanajuato: más barato en línea
La Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2026, en su artículo 10, fracción IX, fija la cuota según cómo se reciba el trámite:
- $470 si se presenta de forma física en la oficina registral.
- $424 si se solicita por la plataforma de certificados en línea.
Cuando la adquisición del inmueble fue con intervención de organismos públicos de fomento a la vivienda (el supuesto del inciso a de la fracción I del mismo artículo), el certificado de libertad o existencia de gravámenes cuesta $126. El servicio lo presta la Dirección General de Registros Públicos de la Propiedad y Notarías del estado.
Comparativa de las cuatro plazas
| Plaza | Quién lo expide | Costo 2026 | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Ciudad de México | Registro Público de la Propiedad y de Comercio | $849 ordinario · $1,700 urgente | Código Fiscal CDMX, art. 198, fr. I |
| Estado de México | IFREM | $1,621 (presencial o automatizado) | Código Financiero, art. 100, fr. I, inciso D |
| Querétaro | Instituto Registral y Catastral | 5 UMA por cada 10 años ($586.55 por tramo) | Ley de Hacienda del Estado, art. 107, fr. I |
| Guanajuato | Registros Públicos de la Propiedad | $470 ventanilla · $424 en línea | Ley de Ingresos 2026, art. 10, fr. IX |
Cifras consultadas en los textos oficiales en septiembre de 2026. Las cuotas se actualizan cada año con las leyes de ingresos o los códigos fiscales de cada entidad, así que antes de pagar compare con el portal del registro correspondiente.
Lo que manda es la ubicación del inmueble, no su domicilio: si vive en Querétaro y compra en el Estado de México, el certificado se pide al IFREM y se paga con la tarifa mexiquense.
¿Qué hago si el certificado sale con un gravamen?
No firme ni entregue dinero hasta saber qué es y cómo se cancela. Según el tipo de carga, la salida es distinta:
- Hipoteca: si el vendedor aún debe el crédito, lo habitual es que la operación incluya su liquidación con parte del precio y la cancelación de la hipoteca en la misma escritura o inmediatamente antes. El banco emite la carta de liberación y el notario tramita la cancelación en el Registro. Cómo funciona la ejecución de una hipoteca impagada lo explicamos en el juicio hipotecario.
- Embargo: lo levanta la autoridad que lo ordenó. Mientras no se cancele, el inmueble responde por esa deuda aunque cambie de dueño.
- Anotación preventiva de demanda: significa que hay un juicio sobre el inmueble. Hay que saber quién demanda, qué pide y en qué va, antes de decidir.
En los tres casos, lo que protege al comprador es que la cancelación quede inscrita, no la promesa del vendedor. Si la compra arrancó con un contrato privado de compraventa, revise qué dice sobre gravámenes antes de seguir pagando.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda en salir? En la Ciudad de México, la tabla oficial del Registro indica 7 días hábiles para el ordinario y entrega el mismo día para el urgente. En las demás plazas depende del registro; si la operación tiene fecha de firma, pídalo con margen y confirme el tiempo de respuesta antes de pagar.
¿El certificado sirve para cualquier notaría? Sí, siempre que sea reciente: refleja la situación del inmueble a la fecha de su expedición, y el notario normalmente pide el suyo o uno de fecha cercana a la firma. En Querétaro, además, el que solicita el notario activa el aviso preventivo de treinta días naturales.
¿Puedo pedirlo si todavía no compro? Sí. El Registro es público: cualquier persona con los datos registrales puede solicitarlo, y es justo lo que conviene hacer antes de dar un anticipo.
¿Qué pasa si la escritura no está inscrita? Entonces el certificado no le dirá lo que necesita, porque el inmueble no aparece a nombre de quien le vende. Antes de cualquier trámite, confirme la inscripción; le explicamos cómo en cómo saber si una escritura es legal.
El siguiente paso
Con el folio real en la mano, pida el certificado en el registro de la entidad donde está el inmueble y súmelo al presupuesto de la operación junto al avalúo, los impuestos y los honorarios notariales que desglosamos en cuánto cuesta escriturar una casa.
Si va a comprar en la Ciudad de México, el Estado de México, Querétaro o Guanajuato y quiere que revisemos el certificado y el resto de la documentación antes de firmar, escríbanos por WhatsApp. En compraventa y due diligence le acompañamos desde la revisión del inmueble hasta la escritura.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica ni crea una relación abogado-cliente. Las cuotas citadas corresponden al Código Fiscal de la Ciudad de México, al Código Financiero del Estado de México y Municipios, a la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, a la Ley Registral del Estado de Querétaro y a la Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato para 2026, consultados en septiembre de 2026.
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