Reformas

Guanajuato: desde el 16 de octubre de 2026 los escritos en apelaciones civiles podrán presentarse en línea ante las Salas Civiles

Un acuerdo del Poder Judicial de Guanajuato permitirá, desde el 16 de octubre de 2026, presentar en línea los escritos de una apelación civil ante las Salas Civiles.

Despacho Claudio Cerón 3 min de lectura

Lo esencial

  • A partir del 16 de octubre de 2026, en Guanajuato los escritos de trámite de una apelación civil podrán presentarse en línea ante las Salas Civiles del Supremo Tribunal de Justicia.
  • Hará falta ser suscriptor de los Servicios Virtuales y tener firma electrónica del Poder Judicial; solo escritos sin anexos, uno por envío.
  • Es optativo: si el sistema falla, habrá que presentar en papel, porque el plazo no se suspende.

Cifras clave

Desde esta fecha se podrán presentar en línea los escritos de trámite ante las Salas Civiles (art. 1).
16 oct 2026
Periódico Oficial de Guanajuato, Segunda Parte, 1 de octubre de 2026, donde se publicó el acuerdo.
No. 196
Solo se admiten escritos sin anexos (art. 5, fracción V).
Sin anexos
Una promoción por cada envío (art. 5, fracción VI).
1 por envío
Si por fallas técnicas se interrumpe el servicio, los plazos legales no se suspenden.
Art. 5, X

El Consejo del Poder Judicial del Estado de Guanajuato publicó en el Periódico Oficial No. 196, Segunda Parte, del 1 de octubre de 2026 (págs. 3-7) un acuerdo general: a partir del 16 de octubre de 2026 se podrán presentar en línea, por el Portal del Poder Judicial, las promociones subsecuentes en materia civil ante las Salas Civiles del Supremo Tribunal de Justicia. Una «promoción subsecuente» es cualquier escrito de trámite dentro de una apelación ya abierta (el expediente de segunda instancia, que se llama «toca»). Será optativo, solo para escritos sin anexos y con firma electrónica emitida por el Poder Judicial de Guanajuato.

¿Qué se podrá presentar en línea desde el 16 de octubre?

A partir del 16 de octubre de 2026 se podrán presentar en línea solo los escritos de trámite de una apelación civil ya abierta. El artículo 1 del acuerdo, aprobado por el Pleno del Consejo del Poder Judicial el 17 de septiembre de 2026 (punto 144 de su sesión ordinaria), lo dice así: «Artículo 1.- Se implementa la presentación de promociones subsecuentes por vía electrónica en materia civil, a través del Portal del Poder Judicial, en las Salas Civiles del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato, a partir del 16 de octubre de 2026.» (Consejo del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, Periódico Oficial del 1 de octubre de 2026).

Le interesa a quien apela en Guanajuato un juicio sucesorio, un arrendamiento, una usucapión o una compraventa.

¿Qué hará falta para usarlo?

Hará falta firma electrónica del Poder Judicial y cumplir los pasos de los artículos 3, 4 y 5 del acuerdo del 1 de octubre de 2026:

  1. Número de buzón: el usuario y la contraseña de suscriptor de los Servicios Virtuales del Poder Judicial se tramitan en las Oficialías Comunes de Partes Civiles (art. 4).
  2. Firma electrónica: el certificado lo emite el propio Poder Judicial, por su Dirección de Tecnologías de la Información (art. 3).
  3. Acceso al toca: la Sala tiene que autorizarlo previamente (art. 5, fracción IV).
  4. El escrito: en PDF firmado electrónicamente, sin anexos (fracción V) y una promoción por envío (fracción VI).
  5. El acuse: indica órgano, toca, fecha y hora; los plazos se computan con los datos de envío (fracciones VII a IX).

¿Qué pasará si el sistema falla el último día del plazo?

Si el sistema falla, el plazo seguirá corriendo y habrá que presentar en papel, según la fracción X del artículo 5 del acuerdo del 1 de octubre de 2026: «X. El uso de los servicios virtuales no sustituye los otros medios oficiales de presentación de escritos. En los casos que por fallas técnicas se interrumpa la prestación del servicio para la presentación de promociones subsecuentes electrónicas, las y los usuarios deberán acudir a los medios ordinarios tradicionales para presentar su promoción subsecuente; por lo que no se suspenderán con ese motivo los plazos legales correspondientes.»

¿Qué no cambia con el acuerdo de Guanajuato?

El acuerdo del 1 de octubre de 2026 no cambia lo siguiente:

  • Demandas: no se podrán presentar en línea con este acuerdo.
  • Primera instancia: los escritos ante los juzgados quedan fuera.
  • Anexos: un escrito con anexos sigue yendo en papel.
  • El papel: la vía en línea es optativa y no sustituye a la presentación ordinaria.

Es una norma de Guanajuato, distinta del esquema de Querétaro: allí el Acuerdo ACJ-15/2026 trata de notificaciones por correo, WhatsApp o expediente electrónico, obligatorias desde el 24 de marzo de 2027; aquí se trata de presentar escritos, y de forma optativa.

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  • Poder Judicial de Guanajuato
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